PONENCIAS DE VALORES

Las ponencias de valores catastrales son  los instrumentos por los cuales se asignan los valores catastrales de un grupo numeroso de inmuebles. Evidentemente, emplean una metodología específica para realizar valoraciones masivas y tienen un cierto margen de desviación si comparamos el resultado asignado a cada inmueble con su correspondiente valor de mercado real. Esto se debe a que existen muchas variables que no son consideradas por la metodología de valoración catastral, pero que afectan considerablemente en el valor de mercado.  

 

Las ponencias de valores pueden ser totales, parciales o ponencias de bienes de características especiales, según se empleen para valorar la totalidad de bienes de naturaleza urbana de un municipio o sólo los inmuebles de un sector concreto, mientras que las ponencias especiales de valores sirven para determinar los valores de inmuebles de carácter especial (Puertos, aeropuertos, Centrales Térmicas, parques eólicos ...)

Estudios de mercado

Durante el proceso de aprobación de las ponencias de valores se han de publicar estudios de mercado sobre los que se basan dichas ponencias. Estos estudios que deben exponerse al público durante un plazo determinado, siendo un requisito necesario para la validez de la ponencia. No obstante, una vez terminado el plazo de exposición al público no pueden volverse a consultar lo que limita las posibilidades de las reclamaciones fuera del plazo correspondiente del procedimiento de aprobación de las ponencias de valores.

 


Notificación de valores

Una vez aprobada definitivamente una ponencia se procede a notificar los valores que, en virtud de la misma, se asignan a cada inmueble. En muchas ocasiones esta notificación se realiza junto con el recibo del IBI cuya diferencia respecto al recibo anterior no es significativa el primer año de la aplicación de la nueva ponencia debido a la reducción de la base liquidable que progresivamente se va eliminando. En realidad este primer año el recibo del IBI se calcula sobre el 10% del valor catastral, esto hace que la mayoría de propietarios no adviertan el cambio y dejen de reclamar en plazo. Aunque éste es el momento más aconsejable para rectificar y reclamar los valores catastrales, estos se pueden reclamar y rectificar en cualquier momento; no obstante, el procedimiento es más complejo y los efectos puede que no sean retroactivos en algunos casos. 


ECONSULTING

ESPECIALISTAS EN PROCEDIMIENTOS TRIBUTARIOS

Reclamación de valores catastrales, bases imponibles de tributos y ponencias de valores catastrales

Avda Mayorazgo, nº 15,  2ª planta 29016 Málaga

Tel: (+34) 952 212 272

info@econsulting.es

Calle José Antonio, 9, 4ª Planta 11201 Algeciras

Tel: (+34) 956 668  965

jsierra@asesoriayservicios.es